30/11/10

Ley de Bancos artículo 448

En su artículo 448 la Ley de Bancos establece que

"las personas naturales y jurídicas que difundan

noticias falsas o empleen otros medios

fraudulentos, capaces de causar distorsiones al

sistema bancario nacional y que afecten las

condiciones económicas del país serán penadas con

prisión de 9 a 11 años".


LA LEY DE BANCOS ESTABLECE SANCIONES POR RUMORES DEL SISTEMA FINANCIERO

José Vicente cocinado en su propia olla

BBVA desmintió al ex vicepresidente, quien anunció en su programa la presunta venta del Provincial




El BBVA Banco Provincial le responde que se queda en el país y que no está a la venta ARCHIVO Â

El ex vicepresidente de la República José Vicente Rangel habría incurrido en un delito al anunciar ayer en su programa "José Vicente Hoy" que el BBVA Banco Provincial estaba a la venta por un monto de 2 mil millones de dólares. Las declaraciones fueron desmentidas casi inmediatamente por la junta directiva de la entidad bancaria mediante un comunicado público.

Pedro Rodríguez, presidente del BBVA Banco Provincial, calificó de irresponsable y sin fundamento la información que suministró el periodista José Vicente Rangel.

"En este sentido, la institución asegura que su sólida y eficiente posición dentro del sistema financiero nacional, cuenta y seguirá contando con el importante respaldo del Grupo BBVA, presente en 36 países alrededor del mundo.

De igual forma, sostiene que el Grupo BBVA mantiene su compromiso de permanencia en el país, en el que ya tiene 11 años, porque cree en Venezuela donde su mayor riqueza es su población joven, creciente y con ganas de progresar, contribuyendo al desarrollo de la economía y el bienestar de todos los venezolanos." La junta directiva de la entidad financiera llamó a la calma y a no hacerse eco de rumores que puedan afectar la estabilidad del sistema bancario venezolano.

En su artículo 448 la Ley de Bancos establece que "las personas naturales y jurídicas que difundan noticias falsas o empleen otros medios fraudulentos, capaces de causar distorsiones al sistema bancario nacional y que afecten las condiciones económicas del país serán penadas con prisión de 9 a 11 años".

Igualmente, el artículo 52 de la Ley de Valores señala que serán sancionados con prisión de 5 a 15 años, así como con multas de hasta cien mil días de salario, aquellas personas que hagan oferta pública de los títulos o documentos a que se refiere el artículo 30, cuando estos no estén inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.

Es importante resaltar que durante el mes de julio dos personas fueron detenidas por difundir informaciones falsas del sistema bancario nacional en la red Twitter. A ambos detenidos se les aplicó el apartado 448 de la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras.

No hay comentarios:

Publicar un comentario