Que preocupante!!!
Desde hace 5 años asistimos a esta represa en el mes de enero para un especial cruce de aguas abiertas, luego de dicho cruce nos montamos en unas pequeñas chalanas para conocer más adentro esta gran represa, la cual al ser construida inundó un pueblo llamado Toposi, si mal no recuerdo ese es el nombre. La cantidad de agua en la represa se logra medir a simple vista porque hay una iglesia bajo el agua y cuando la represa está llena solo se logra ver una pequeña parte de la cruz de esta iglesia, pero ya verán imagenes terribles sobre lo que esta pasando hoy en dia!
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por Iván Ballesteros
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CONSTITUCIÓN de la República Bolivariana de Venezuela:
Artículo 57. Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecer censura. Quien haga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa.Se prohibe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades.
Artículo 25. Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo, y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores.
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