Aunque la ley de Función Pública Estadística establece multas para quien obstaculice la realización del Censo, el Instituto Nacional de Estadística (INE) asegura que no se aplicarán tales sanciones.
"El INE no tiene forma de instrumentar las sanciones, confiamos más en la voluntad de la gente y su disposición en dar la información", declaró el coordinador del XIV Censo Nacional de Población y Vivienda, Luis Gerónimo Reyes.
El artículo 8 de la referida Ley establece que "los informantes deberán dar respuesta en forma veraz, completa, oportuna e imparcial dentro del plazo y condiciones establecido en el reglamento, a las preguntas que le formulen los funcionarios de los órganos del Sistema Estadístico Nacional".
La normativa establece tres tipos de multas de acuerdo a la gravedad de la falta. Las consideradas infracciones leves se sancionan con multas entre quince y treinta unidades tributarias, las graves con multas entre cuarenta y setenta unidades tributarias y las muy graves con multas entre ochenta y ciento treinta unidades tributarias. Una unidad tributaria son 76 bolívares.
De acuerdo al artículo 69 de la Ley es considerada como una infracción muy grave y por lo tanto susceptible de pago de una multa que va desde 6.080 bolívares a 9.880 bolívares: "la oposición a las visitas del personal de los órganos estadísticos durante el levantamiento de los censos y encuestas y demás operaciones estadísticas, la participación deliberada en actos y omisiones que entorpezcan el desarrollo del levantamiento censal, y de los procesos de generación de información estadística de los censos y encuestas y demás operaciones estadísticas".
También la negativa de proporcionar datos requeridos por los órganos estadísticos, son castigados con multas que dependen de la gravedad del perjuicio que ocasionen a la actividad estadística
Comparación
Los cuestionarios aplicados en los diferentes censos del país se han diseñado tomando en cuenta la información que en ese momento se requería y 1a las técnicas estadísticas que se empleaban.
Por ejemplo, el Censo nacional de 1936 era de población y no de vivienda, por tanto se efectuaban solo 10 preguntas referidas a la información personal del entrevistado, como nombre, edad, nacionalidad, domicilio, lugar de nacimiento, Además se informaba sobre las señales fisionómicas, como color de piel y de ojos.
En 1941 se comenzó a preguntar las características de la vivienda. En 1971 el cuestionario tenía 41 preguntas que incluían lo relativo al ingreso económico de la persona entrevistada. En 1981 el cuestionario tenía 53 preguntas y se solicitaban más detalles sobre las condiciones de la vivienda, el aspecto educativo y el sitio de trabajo.
En 1991 el cuestionario tenía 50 preguntas y se incorporó aspectos sobre los servicios públicos que usaba la vivienda y si el entrevistado tenía carro o moto. En 2001 llegó a 69 preguntas -el máximo histórico- donde se incorporó el tema étnico y más detalles sobre el sitio de trabajo.
El censo de 2011 es muy similar al anterior (68 preguntas) y entre otros aspectos se incorporó la frecuencia de la recolección de basura y la pregunta sobre si el entrevistado se considera negro, blanco o moreno.
El Universal
"El INE no tiene forma de instrumentar las sanciones, confiamos más en la voluntad de la gente y su disposición en dar la información", declaró el coordinador del XIV Censo Nacional de Población y Vivienda, Luis Gerónimo Reyes.
El artículo 8 de la referida Ley establece que "los informantes deberán dar respuesta en forma veraz, completa, oportuna e imparcial dentro del plazo y condiciones establecido en el reglamento, a las preguntas que le formulen los funcionarios de los órganos del Sistema Estadístico Nacional".
La normativa establece tres tipos de multas de acuerdo a la gravedad de la falta. Las consideradas infracciones leves se sancionan con multas entre quince y treinta unidades tributarias, las graves con multas entre cuarenta y setenta unidades tributarias y las muy graves con multas entre ochenta y ciento treinta unidades tributarias. Una unidad tributaria son 76 bolívares.
De acuerdo al artículo 69 de la Ley es considerada como una infracción muy grave y por lo tanto susceptible de pago de una multa que va desde 6.080 bolívares a 9.880 bolívares: "la oposición a las visitas del personal de los órganos estadísticos durante el levantamiento de los censos y encuestas y demás operaciones estadísticas, la participación deliberada en actos y omisiones que entorpezcan el desarrollo del levantamiento censal, y de los procesos de generación de información estadística de los censos y encuestas y demás operaciones estadísticas".
También la negativa de proporcionar datos requeridos por los órganos estadísticos, son castigados con multas que dependen de la gravedad del perjuicio que ocasionen a la actividad estadística
Comparación
Los cuestionarios aplicados en los diferentes censos del país se han diseñado tomando en cuenta la información que en ese momento se requería y 1a las técnicas estadísticas que se empleaban.
Por ejemplo, el Censo nacional de 1936 era de población y no de vivienda, por tanto se efectuaban solo 10 preguntas referidas a la información personal del entrevistado, como nombre, edad, nacionalidad, domicilio, lugar de nacimiento, Además se informaba sobre las señales fisionómicas, como color de piel y de ojos.
En 1941 se comenzó a preguntar las características de la vivienda. En 1971 el cuestionario tenía 41 preguntas que incluían lo relativo al ingreso económico de la persona entrevistada. En 1981 el cuestionario tenía 53 preguntas y se solicitaban más detalles sobre las condiciones de la vivienda, el aspecto educativo y el sitio de trabajo.
En 1991 el cuestionario tenía 50 preguntas y se incorporó aspectos sobre los servicios públicos que usaba la vivienda y si el entrevistado tenía carro o moto. En 2001 llegó a 69 preguntas -el máximo histórico- donde se incorporó el tema étnico y más detalles sobre el sitio de trabajo.
El censo de 2011 es muy similar al anterior (68 preguntas) y entre otros aspectos se incorporó la frecuencia de la recolección de basura y la pregunta sobre si el entrevistado se considera negro, blanco o moreno.
El Universal
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