Valencia, junio 23 (REDACTA).- Una propuesta más que estaba en el proyecto de reforma constitucional de 2007 rechazada por la población parece estarse implementando a través de la Asamblea Nacional: La Ley de Comunas, que según expertos, prevé la reestructuració n del espacio político territorial y la implementació n de figuras que no aparecen en la Constitución.
El abogado constitucionalista Jorge Pabón considera que "se centraliza el poder en el Presidente, que es quien "legaliza" los consejos comunales que pueden actuar y le otorga los recursos, es decir, es quien los controla, desde todo punto de vista". El politólogo no duda que las comunas atenderán los lineamientos del creador del PSUV y no descarta que más adelante comiencen a usurpar funciones de las alcaldías y concejos municipales. "Crear una estructura paralela a la que contiene la Constitución, es algo totalmente inconstitucional", aseveró.
Para el diputado de Podemos en la AN, Juan José Molina, el propósito de esta modificación de la estructura geopolítica es ejercer control sobre las comunidades. "Las que no estén identificadas con el proyecto político del Socialismo del Siglo XXI no serán atendidas igual que las que sí lo estén", advirtió.
Esta premisa indica que las comunas serán instancias totalmente politizadas y que las juntas parroquiales, alcaldías y gobernaciones comenzarán a tener alcance limitado, porque las comunas recibirán recursos para ejecutar independientemente proyectos de acuerdo a la ideología del presidente Hugo Chávez, a través del órgano rector que será el Ministerio para las Comunas, que apareció en Gaceta Oficial el 3 de marzo de 2009. "La tendencia es a que desaparezcan, el Gobierno no tendría que discutir presupuesto con más nadie", denunció el legislador, al añadir que los presupuestos para los municipios y regiones podrían comenzar a reducirse.
El diputado Molina comentó que la norma aprobada este martes se apoya también en la Ley de Contraloría Social y la Ley de Economía Comunal, con las que "se completa la tríada" que desmonta la descentralizació n establecida en la Carta Magna.
Se instaura figura rechazada
El término "comuna" viene sonando desde hace años, pero no se había establecido concretamente en qué consistía. El artículo 16 de la fallida reforma constitucional descartada por la población a través del voto, la definía como "el núcleo territorial básico e indivisible del Estado Socialista Venezolano". Su funcionamiento está íntimamente relacionado a la existencia de los consejos comunales.
Para este martes, cuando se aprobó en primera discusión el proyecto presentado por el primer vicepresidente Darío Vivas, en el país existían 36 mil consejos comunales constituidos, 10 mil 670 en proceso de adecuación, mil 834 nuevos y 21 mil 276 comités electorales designados. El legislador oficialista mencionó que hay más de 200 comunas en construcción.
El proyecto de Ley de Comunas viene analizándose desde hace meses y algunas regiones comenzaron a acatar este criterio inclusive antes de que la AN discutiera el proyecto nacional. A mediados de 2009 se presentó en el Consejo Legislativo de Portuguesa un proyecto de Ley para la región, redactado por la Comisión de Participación Ciudadana. El texto estuvo compuesto por 9 títulos y 54 artículos, y establecía que las gobernaciones y alcaldías debían hacer aportes económicos para los proyectos generados por las comunas.
¿Una instrucción?
Vivas admitió que el proyecto de Ley de Comunas responde al lineamiento del presidente Chávez de "construir una instancia en territorio, identidad y cultura, en beneficio de la comunidad y el pueblo venezolano". La exposición de motivos del texto indica que se requiere una nueva institucionalidad para el desarrollo socialista, a través de una nueva unidad político territorial.
Los promotores de esta herramienta jurídica sostienen que la figura de "comuna" funcionará como una entidad "socialista integradora" que le otorgará poder al pueblo, para seguir incentivando la política de "autogobierno". Todo orientado hacia la construcción del Estado Comunal, que comenzó a instaurarse con la Ley Orgánica de Participación y Poder Popular, donde supuestamente las comunidades tienen mayor protagonismo que en la actualidad. Cada ente de estos contará con un Parlamento Comunal, Banco de la Comuna, Plan Comunal de Desarrollo, Consejo de Planificación Comunal y la Carta Comunal, que establecerá las normas de funcionamiento.
Pero sus detractores condenan que el instrumento contenga términos que no aparecen en la Constitución Nacional, como: ciudades comunales, entidad local socialista, distritos motores de estado, socialismo, Estado comunal, jurisdicción especial comunal, justicia y jueces comunales, entre otros. Este argumento bastaría para tachar la norma de inconstitucional.
Tulio Hidalgo, presidente de Fedecámaras Carabobo aseguró que la Ley debe preocupar a toda la población, pues en vez de perseguir el crecimiento y la modernización del país, sus planteamientos implican "retroceder en el tiempo" hacia una época "donde se usaba el trueque o el cambio de cosas por el trabajo desempeñado".
El economista Gustavo Rojas cree que la aplicación del sistema de trueque y las monedas comunales -para nada modernos- perjudicarán directamente a la población, que pagará tal situación con menos eficiencia y mayor inflación. "Se trata de un sistema primitivo y desfasado de la tendencia mundial.
Rojas aseguró que ese sistema está condenado al fracaso "porque carece de capacidad técnica y no tiene ningún incentivo económico para producir, más bien necesita del Gobierno".
Noel Alvarez, presidente de Fedecámaras, ratificó que el propuesto es un modelo primitivo, que ya fue superado en el tiempo que en nada contribuirá con el desarrollo del país.
Representantes de Voluntad Popular, encabezados por Carlos Vecchio, consideran que con el proyecto de Ley se minimizan los derechos de la población y se exacerban los que asisten al presidente Chávez.
"Municipios son insustituibles"
Héctor Hernández Manzano, experto en Derecho Municipal, descartó la posibilidad de que la Ley de Comunas pueda ocasionar la desaparición de los municipios, figuras que fueron traídas por los españoles hace más de 500 años y que han existido en todos los ordenamientos jurídicos del mundo, tanto en regímenes de derecha como de izquierda.
El artículo 173 de la Constitución establece la posibilidad de crear "otras entidades locales dentro del territorio municipal" que "atenderán a la iniciativa vecinal o comunitaria, con el objeto de promover la desconcentració n de la administració n del Municipio, la participación ciudadana y la mejor prestación de los servicios públicos". A partir de este principio, el jurista aclaró que pueden crearse figuras locales, pero no entidades federales territoriales que le resten atribuciones a los municipios, pues esto no aparece en la Carta Magna. De ahí que la Ley de Comunas podría ser impugnada ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
"Los municipios son insustituibles, no pueden atribuírsele a otras instancias las funciones que por Constitución están asignadas a los municipios, como las facultades tributarias, la ordenación del territorio, la creación de policías y soluciones para el aseo o el agua potable". Estas y las demás competencias de los municipios se establecen en el artículo 178 del texto constitucional.
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