A servir obligado
Hace casi un año que fue publicada en Gaceta Oficial la nueva Ley de Conscripción y Alistamiento Militar.
Esta Ley establece que el servicio militar en la Fuerza Armada Nacional Bolivariana es obligatorio para todos los venezolanos que tengan la "edad militar" comprendida ésta entre los 18 y 60 años, sin distingo de sexo.
De acuerdo a la primera disposición transitoria de la Ley, para el 21 de octubre de 2010 se les agota el plazo a quienes no se hayan inscrito en el registro del servicio militar.
Aunque la ley establece que ninguna persona podrá ser sometida a reclutamiento forzoso, también establece que el servicio militar es un deber de obligatorio cumplimiento para los sujetos a la ley so pena de no poder: 1) inscribirse en los institutos de educación diversificada y universitaria, tanto públicos como privados; 2) obtener becas educativas, licencias o permisos para conducir automóviles, naves y aeronaves; 3) ser admitido para desempeñar cargo o empleo público nacional, estadal o municipal y 4) otras prohibiciones más que establezcan las leyes y reglamentos. Además, quienes estén "renuentes" para el próximo 21 de octubre deberán pagar una multa de 12 unidades tributarias.
La Ley establece el deber de los patronos, "sea de derecho público o privado" de exigir el documento de inscripción en el registro militar, o la constancia de haber hecho el servicio militar, "para cualquier relación laboral o contractual. La penalidad para las personas jurídicas que no hayan exigido ese documento sería de multas por 20 unidades tributarias por cada trabajador "renuente". Adicionalmente, la ley contempla que la empresa deberá garantizar el empleo y sufragar el salario completo de todo trabajador que esté recibiendo "reentrenamiento" o instrucción militar. Estas normas generarán costos onerosos a las empresas, en especial a las que tienen mayor número de trabajadores.
Para no variar, la nueva ley tiene varios puntos en común con el resto de las legislaciones del Parlamento rojo que fenece en enero de 2011, entre los que resaltan: 1) Fue promulgada sin cumplir con los extremos legales de consulta y participación. 2) Viola la Constitución y es coercitiva de libertades y derechos ciudadanos, en esta oportunidad restringe el derecho de elegir entre prestar el servicio civil o el servicio militar a la Nación. 4) Establece penalidades pecuniarias desproporcionadas por su incumplimiento. 5) Tiene lagunas legales que deberían haberse solventado con un reglamento dentro de los tres meses siguientes a la promulgación de la Ley, que aún no se ha hecho.
Extraña el silencio oficial y la ausencia de una campaña del Gobierno para instar al cumplimiento de la Ley, a sabiendas que este proceso por lo masivo es complejo y complicado.
No extraña que un gobierno de vocación militarista tenga el afán de militarizar coercitivamente a la población ni que se establezca esto como otra forma más de control y sumisión ciudadana.
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